Concepto
jurídico de igualdad
El presente ensayo tiene por
objetivo plantear las reflexiones realizadas en torno al concepto de igualdad
en el ámbito jurídico, estableciendo su alcance y contenido. De manera general,
entiendo por igualdad a la paridad que debería existir en los seres humanos por
el simple hecho de serlo, a la concordancia que entre el trato prodigado todo
individuo (si es que no hay una razón justificada y suficiente para actuar de
otro modo) frente a la ley y en cualquier otro ámbito de su vida (principio de
la no discriminación).
En un primer momento, es necesario
resaltar que el derecho a la igualdad puede ser entendido de diversas formas:
por una parte alude a la dignidad humana, es decir, a aquella cualidad
inherente en todo ser humano cuyo forzoso cumplimiento posibilita que la
persona (no jurídica, sino natural) no pueda ser reducida ni socavada bajo
ninguna circunstancia ya que eso implicaría infravalorar la condición del
individuo y sus capacidades.
Por otro lado, el derecho a la igualdad
visto desde una perspectiva normativa hace referencia a la imparcialidad de la
ley al ser aplicada a los individuos. Ahora ¿la igualdad ante la ley es lo mismo que tener idénticos derechos y
obligaciones? La respuesta es no. El concepto de igualdad puede ser entendido
erróneamente si se tiene la concepción el termino implica que todas las personas son sujetos de los mismos derechos y obligaciones.
La igualdad no implica que la ley se
aplique a todos los sujetos por igual, sino que “las personas deben ser
tratadas y consideradas de igual manera a menos que haya una razón suficiente
(correctamente fundamentada y justificada) para no hacerlo.
En la sociedad contemporánea existen
marcadas diferencias sociales, económicas y culturales que imposibilitan la
aplicación indistinta de las normas ya que, si tenemos en cuenta a la justicia
como uno de los principales ejes rectores del orden normativo, podemos
percataremos de la necesidad de gestionar la aplicación de las leyes de tal
manera que estas atiendan las crecientes
diferencias entre los individuos y las regulen para que cada individuo obtenga
lo que merece.
Una de las diferencias entre ambas
perspectivas radica en el alcance que posee cada una de ellas puesto que el
derecho a la igualdad en lo referente a la dignidad humana es de carácter
universal ya que es tutela la potestad de la igualdad de todos los seres
humanos, sin importar su raza, sexo, etnia o edad y, al contrario que la
igualdad ante la ley, no resguarda únicamente a el sector de la población que
es sujeto de derecho.
Como sabemos, el derecho a la
igualdad es tutelado y comprendido por el texto constitucional, su importancia
dentro de la sociedad y en el orden normativo de la nación radica en que este
constituye una de las bases sobre las cuales se ha creado el estado democrático
en el cual vivimos actualmente. Si no existiera el derecho a la igualdad los
individuos tendríamos derechos y obligaciones acordes a nuestro nivel socioeconómico
y, lógicamente, la participación en la vida política sería condicionada lo cual
favorecería las condiciones de explotación de las clases más desprotegidas. La igualdad
permite asegurar el respeto a los demás derechos pues reconoce que las
facultades un individuo son de igual jerarquía que las cualquier de otro, de
tal forma que nadie puede realizar atropellos que dañen su dignidad humana ni
prodigarle tratos que van en contra de lo estipulado por la ley.
Una vez abordado el aspecto teórico,
considero necesario reflexionar sobre la aplicación práctica del derecho a la
igualdad. De manera personal considero que la única forma de que exista una
igualdad en cuanto a la dignidad humana y ante la ley, es buscando sino una
igualdad, al menos una distribución más equitativa de la riqueza que permita
mejorar las condiciones de vida de los mexicanos que viven en entornos
marginados e infrahumanos.
¿Cuántos de nosotros no hemos
presenciado actos perpetuados por el hombre que atentan contra la dignidad
humana de sus congéneres? ¿Cuántos no hemos sido testigos de los tratos
preferenciales que ofrecen los servidores públicos a ciertos individuos? ¿Realmente
el patrón tiene los mismos derechos que el trabajador, o la mujer tiene los
mismos derechos que el hombre? Esos cuestionamientos que vienen a mi mente al
observar situaciones de abuso y discriminación dentro de sociedad de manera alarmante, lo que me llevan a
concluir que la mejor forma de revitalizar el derecho a la igualdad es
llevándolo a la práctica, transformándolo en algo más que texto muerto, carente
de significado y aplicación en la vida cotidiana.